Diputados aprobaron modificaciones que endurecen la Ley de Violencia en los Estadios
Se establecieron mayores exigencias de seguridad para los organizadores del fútbol.
El proyecto da un plazo de 18 meses para que los estadios se adapten a las nuevas disposiciones.
La Cámara de Diputados aprobó las modificaciones del Senado al proyecto que modifica la Ley de Violencia en los Estadios (Nº 19.327), que contiene normas para la prevención y sanción de hechos que ocurran en los recintos deportivos con ocasión de espectáculos de fútbol profesional.
Por 74 votos a favor, cuatro en contra y 10 abstenciones los diputados aprobaron en último trámite legislativo este proyecto.
Mediante reglamento se regularán las condiciones mínimas que deberán cumplir los recintos y los organizadores de espectáculos de fútbol profesional, de acuerdo a las características y al riesgo para el orden público, la seguridad pública y los asistentes
Adicionalmente, se imponen un conjunto de exigencias que deberán cumplir los organizadores de espectáculos de fútbol profesional en los estadios. Entre ellas:
- Designar un jefe de seguridad.
- Contratar guardias de seguridad privados.
- Instalar sistemas tecnológicos como cámaras de seguridad o detectores de metales.
- Establecer zonas separadas y claramente delimitadas en los estadios, en que se ubicarán los hinchas o simpatizantes y el público general.
- Contar con sistemas de control de acceso e identidad de los espectadores.
- Disponer de medios de grabación de imágenes, dentro y fuera del recinto deportivo que faciliten la identificación de las personas.
Poder para las intendencias
Del mismo modo y de acuerdo al riesgo asociado a determinados espectáculos de fútbol profesional, el intendente podrá pedir a los organizadores que la venta de los boletos de entrada se ajuste a las condiciones especiales de seguridad fijadas por la autoridad regional; y que contraten seguros o constituyan cauciones para garantizar la reparación de los daños que se causen a los bienes públicos o privados, ubicados en el recinto deportivo o en sus inmediaciones.
Si un espectáculo de fútbol profesional implica un riesgo para el orden público o la seguridad de las personas o los bienes, el Intendente comunicará este hecho al Fiscal Regional del Ministerio Público, quien deberá ordenar la presencia de, a lo menos, un fiscal.
El personal de seguridad contratado por el organizador del espectáculo de fútbol profesional podrá controlar que los asistentes cumplan con los requisitos de ingreso y permanencia que determine el reglamento. En caso que no se cumplan los mencionados requisitos, dicho personal podrá impedir el ingreso o disponer la expulsión del recinto de aquellas personas que vulneren las referidas exigencias. Para lo anterior, el personal de seguridad podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública en caso de estimarse necesario.
Inmediaciones del estadio y se elimina el concepto barra
Asimismo, se estableció que las "inmediaciones" de un estadio comprenderán la distancia de 1.000 metros perimetrales, medidos desde los límites exteriores del recinto deportivo y hacia todos los costados del recinto deportivo en que se realizan espectáculos de fútbol profesional. Esta disposición se aprobó en forma separada, por 74 votos a favor, siete en contra y siete abstenciones.
Adicionalmente se eliminó el concepto de "barras" de la legislación vigente, pues se considera que es esencial no aceptar la existencia legal de grupos organizados que muchas veces son los principales responsables de los hechos de violencia en los estadios.
El proyecto considera un plazo de 18 meses, contados desde la publicación de la ley, para que los estadios puedan adaptarse a las nuevas exigencias.