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Aforos y restricciones: El Gobierno dio a conocer medidas para regreso de hinchas a eventos deportivos

En Fase 4, de Apertura, podrán llegar 5.000 espectadores si todos poseen Pase de Movilidad.

Aforos y restricciones: El Gobierno dio a conocer medidas para regreso de hinchas a eventos deportivos
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El Gobierno dio a conocer este jueves cuáles serán los aforos para la presencia de espectadores en eventos deportivos en espacios abiertos, en medio de una serie de anuncios sobre cambios al Plan Paso a Paso.

La ministra del Deporte, Cecilia Pérez, indicó que "siempre vamos a buscar privilegiar la salud de nuestros deportistas, ahora también con la incorporación de asistentes a los eventos deportivos".

"Eso ha sido lo principal. Por eso cada vez que hemos escuchado voces, sin duda legítimas, de aquellas personas que requerían, ya sea apertura de recintos o publico en sus eventos deportivos, hemos trabajado esos protocolos pero siempre hemos señalado: el tiempo va a ser el que determine la autoridad sanitaria con los protocolos que determine la autoridad sanitaria y con los aforos que determine la autoridad sanitaria, porque ellos tienen el mandato presidencial de llevar a cabo los esfuerzos de esta pandemia y nosotros tenemos el mandato ético de respetar las facultades y exigencias que ha tenido esta pandemia", postuló.

Según comunicó el ministro de Economía, Lucas Palacios, en las actividades sin interacción entre asistentes, como seminarios, ritos religiosos, cines, teatros o en los estadios, estará permitido el ingreso de público con utilización de mascarillas permanentemente.

Es así que durante la Fase 1, de cuarentena total, estará prohibido la llegada de espectadores, pero en Fase 2, de Transición, se podrá contar con un máximo de 75 personas en un espacio abierto, solo de lunes a viernes.

En Fase 3, de Preparación, podrán ingresar 200 personas como máximo si hay una sola de ellas que carece del Pase de Movilidad, con un aforo de una persona cada ocho metros cuadrados de superficie útil, aunque el número aumenta a 1.000 si es que todos completaron el esquema de vacunación.

En el caso de un evento desarrollado en una comuna en Fase 4, de Apertura, el aforo es de una persona cada seis metros cuadrados de superficie útil, permitido todos los días, y en el caso de un espacio abierto o al aire libre, habrá un máximo de 500 personas si una de ellas no cuenta con el Pase de Movilidad, pero de 5.000 si todas tienen con este registro. 

La ministra Pérez, explicó que la opción de permitir el ingreso de personas no vacunadas "es una decisión finalmente del organizador del espectáculo deportivo y la razón es una, si hay totalidad de Pase de Movilidad, hay mayor aforo".

"Si hay un asistente que no tenga Pase de Movilidad, es el aforo mínimo permitido, siempre y cuando el recinto pueda tener ubicación fija y pueda existir la distancia de los ocho metros cuadrados de superficie, nunca menos de un metro de distancia. A los niños y niñas que no se han vacunado, el Pase de Movilidad es el que rige para sus padres", agregó.

A continuación, el detalles de las medidas anunciadas durante la jornada:

1) Realización de Actividad Física

Paso 1

Espacios públicos al aire libre

  • Durante la banda horaria Elige Vivir Sano, se permite realizar actividad física de manera individual o en grupo, con un máximo de 5 personas.
  • Quienes cuenten con pase de movilidad o permiso de desplazamiento, pueden realizar actividad física a toda hora (a excepción del toque de queda), de manera individual o en grupo con un máximo de 5 personas.

Recintos deportivos (únicamente en espacios abiertos)

  • La apertura del recinto deportivo debe estar autorizada según protocolo Mindep de "Apertura de Recintos Deportivos al aire libre en Fases 1 y 2".
  • Pueden asistir solo las personas que cuenten con pase de movilidad.
  • Se permite realizar actividad física de manera individual o en grupo con un máximo 5 personas.

Paso 2

Espacios públicos al aire libre o espacios abiertos de recintos deportivos

  • Se permite realizar actividad física de manera individual o en grupo con un máximo de 10 personas.

Espacios cerrados

  • Aplica solo para personas con pase de movilidad.
  • Se permite realizar actividad física de manera individual o en grupo con un máximo de 5 personas.
  • Los recintos requieren cumplir con el estándar de ventilación.
  • Sábados, domingos y festivos, aplican las normas de cuarentena.

Paso 3

Espacios abiertos o al aire libre

  • Aforo máximo de 100 personas.
  • En el caso que todos los asistentes cuenten con Pase de Movilidad, el aforo permitido asciende a 200 personas.

Espacios cerrados

  • Aforo máximo de 25 personas.
  • En el caso que todos los asistentes cuenten con Pase de Movilidad, el aforo permitido asciende a 100 personas.
  • Los recintos requieren cumplir con el estándar de ventilación.

Paso 4

Espacios abiertos o al aire libre

  • Aforo máximo de 100 personas.
  • En el caso que todos los asistentes cuenten con Pase de Movilidad, el aforo permitido asciende a 200 personas.

Espacios cerrados

  • Aforo máximo de 25 personas.
  • En el caso que todos los asistentes cuenten con Pase de Movilidad, el aforo permitido asciende a 100 personas.
  • Los recintos requieren cumplir con el estándar de ventilación.

2) Apertura de Gimnasios

Paso 1

  • No está autorizada la apertura.

Paso 2

  • No está autorizado el funcionamiento de gimnasios los sábados, domingos y festivos.
  • De lunes a viernes, pueden operar bajo las siguientes condiciones:

Espacios abiertos

  • Pueden asistir personas con o sin Pase de Movilidad.
  • Se debe cumplir distancia de 2 metros entre máquinas (según lo definido en el protocolo específico de funcionamiento)

Espacios cerrados

  • Solo pueden asistir personas que cuenten con Pase de Movilidad.
  • Se debe cumplir distancia de 2 metros entre máquinas (según lo definido en el protocolo específico de funcionamiento)
  • Los recintos requieren cumplir con el estándar de ventilación.

Paso 3

Espacios abiertos

  • Pueden asistir personas con o sin pase de movilidad. Se debe cumplir distanciamiento

Espacios cerrados

  • Solo pueden asistir personas que cuenten con Pase de Movilidad.
  • Se debe cumplir distancia de 2 metros entre máquinas (según lo definido en el protocolo específico de funcionamiento)
  • Los recintos requieren cumplir con el estándar de ventilación.

Paso 4

Espacios cerrados

  • Pueden asistir personas con o sin pase de movilidad.
  • Se debe cumplir distancia de 2 metros entre máquinas (según lo definido en el protocolo específico de funcionamiento)
  • Los recintos requieren cumplir con el estándar de ventilación.

3) Asistencia de público a eventos deportivos

Actividades sin interacción entre asistentes: Se refiere a aquellas convocatorias de un grupo de personas, a la misma hora, en un determinado lugar y que debe cumplir con los siguientes requisitos:

- Mantener una ubicación fija durante toda la actividad.
- Mantener una distancia de un metro entre participantes.
- Usar mascarilla de forma permanente.
- No se autoriza el consumo de alimentos.

Paso 1

  • No está autorizada la asistencia de público a eventos deportivos.

Paso 2

  • No está autorizada la asistencia de público a eventos deportivos los sábados, domingos y festivos.
  • De lunes a viernes, la medida opera bajo las siguientes condiciones:

Espacios abiertos o al aire libre

  • Aforo máximo de 75 personas.
  • La forma de calcular el aforo máximo por recinto es de 1 persona por cada 8m2 de superficie útil (no pudiendo superar las 75 personas)

Espacios cerrados

  • Aforo máximo de 50 personas, siempre y cuando todas cuenten con pase de movilidad.
  • La forma de calcular el aforo máximo por recinto es de 1 personas cada 8m2 de superficie útil (no pudiendo superar las 50 personas)

Paso 3

  • Está autorizada la asistencia de público a eventos deportivos todos los días bajo las siguientes condiciones:

Espacios abiertos o al aire libre

  • Aforo máximo de 200 personas.
  • En el caso que todas las personas asistentes cuenten con pase de movilidad, el aforo asciende a 1.000 personas.
  • La forma de calcular el aforo máximo por recinto es de 1 personas cada 8m2 de superficie útil (no pudiendo superar las 200 o 1.000 personas, según corresponda)

Espacios cerrados

  • Aforo máximo de 100 personas.
  • En el caso que todas las personas asistentes cuenten con pase de movilidad, el aforo asciende a 500 personas.
  • La forma de calcular el aforo máximo por recinto es de 1 personas cada 8m2 de superficie útil (no pudiendo superar las 100 0 500 personas según corresponda)
  • Los recintos requieren cumplir con el estándar de ventilación.

Paso 4

  • Está autorizada la asistencia de público a eventos deportivos todos los días bajo las siguientes condiciones:

Espacios abiertos o al aire libre

  • Aforo máximo de 500 personas.
  • En el caso que todas las personas asistentes cuenten con pase de movilidad, el aforo asciende a 5.000 personas.
  • La forma de calcular el aforo máximo por recinto es de 1 personas cada 6m2 de superficie útil (no pudiendo superar las 500 0 5.000 personas según corresponda)

Espacios cerrados

  • Aforo máximo de 250 personas.
  • En el caso que todas las personas asistentes cuenten con pase de movilidad, el aforo asciende a 1.000 personas.
  • La forma de calcular el aforo máximo por recinto es de 1 personas cada 6m2 de superficie útil (no pudiendo superar las 250 0 1.000 personas según corresponda)
  • Los recintos requieren cumplir con el estándar de ventilación.